¿Quiénes deben implementar el Documento Electrónico POS desde el 1 de julio?

Escrito por on 25/06/2024

 La Resolución 000008 de la DIAN obliga al Grupo 3, incluyendo pequeños comerciantes, emprendedores
y microempresas, a implementar el Documento Equivalente Electrónico POS a partir del 1 de julio de
2024.
Bogotá, junio de 2024 – La Resolución 000008 de la DIAN, emitida el 31 de enero de
2024, introduce cambios significativos que afectan directamente al Grupo 3 en relación
con el Documento Equivalente Electrónico POS.
A continuación, Sovos Saphety Colombia presenta un análisis detallado sobre quiénes
pertenecen a este grupo, cómo les afecta la nueva normativa y los beneficios que pueden
obtener al cumplirla desde el 1 de julio.
¿Quiénes pertenecen al Grupo 3?
No declarantes del Impuesto sobre la Renta.
 Pequeños comerciantes: tiendas de barrio, vendedores ambulantes y pequeños
establecimientos comerciales, como peluquerías, ferreterías, papelerías o panaderías.
 Emprendedores: personas con nuevos proyectos o pequeñas empresas emergentes.
Estas últimas son empresas recién establecidas con una estructura organizativa
limitada, en crecimiento y en búsqueda de oportunidades en el mercado.
 Negocios con bajo nivel de facturación: las microempresas son las más pequeñas en
términos de tamaño y volumen de ventas. Pueden ser operadas por una sola persona
o contar con un pequeño equipo. Ejemplos incluyen consultorios médicos, talleres de
reparación y pequeños restaurantes familiares.
¿En que afecta si no se implementa el Documento Electrónico POS?
De acuerdo con la compañía, la falta de implementación del Documento Electrónico POS
puede afectar la adaptación tecnológica. Esto implica actualizar el software POS,
configurar datos y parámetros, capacitar al personal y garantizar la integración con
contabilidad y facturación. Además, los sujetos del Grupo 3 deben migrar de los tiquetes
de máquina registradora con sistema POS al tiquete electrónico, lo que requiere ajustes
en los sistemas y procesos internos.
“La DIAN aplicará multas a quienes no cumplan con el Documento Equivalente
Electrónico POS. Estas sanciones pueden afectar tanto la operación como la reputación
de las empresas. Es crucial que los sujetos del Grupo 3 se ajusten a la normativa para
evitar posibles consecuencias financieras y legales”, comenta Alejandro Silva, gerente
general de Sovos Saphety Colombia.
Beneficios para el Grupo 3
Según Sovos Saphety Colombia estos son los principales beneficios para el Grupo 3.

 Eficiencia y control: agiliza los procesos comerciales al eliminar la necesidad de
tiquetes físicos, reduciendo los tiempos de impresión y entrega al cliente. Además, el
POS electrónico minimiza errores manuales, transcripciones incorrectas y la pérdida
de tiquetes, mejorando la precisión en las transacciones.
 Mayor transparencia: genera un registro detallado y digital de todas las operaciones
de venta. Cada tiquete electrónico contiene información relevante que facilita la
verificación de la legalidad y exactitud de las transacciones por parte de los
contribuyentes y la DIAN.
 Competitividad: cumplir con la normativa mejora la imagen de las empresas ante sus
clientes y socios comerciales, demostrando un compromiso con la modernización y la
adopción de tecnologías eficientes. Las empresas que implementen el POS
electrónico pueden destacarse en el mercado al ofrecer una experiencia más ágil y
transparente.
¿Cómo pueden cumplir con la normativa?
Para cumplir con la normativa del Documento Equivalente Electrónico POS, los sujetos
del Grupo 3 pueden seguir estos pasos: buscar asesoría especializada de proveedores
tecnológicos, actualizar el software POS o adquirir sistemas compatibles con la
generación de tiquetes electrónicos, capacitar al personal e integrar los tiquetes
electrónicos con los sistemas de contabilidad y facturación.
“La implementación del Documento Equivalente Electrónico POS para el Grupo 3
representa una oportunidad para que los pequeños comerciantes, emprendedores y
microempresas modernicen sus procesos y aumenten su eficiencia. En Sovos Saphety
Colombia, estamos comprometidos a apoyar a estos contribuyentes en la transición,
ofreciendo soluciones tecnológicas que simplifiquen la adopción de la nueva normativa y
aseguren el cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la DIAN,” concluye
Silva.
Acerca de Saphety
Fundada en el año 2000 y adquirida por Sovos en 2021, Saphety es líder en soluciones de intercambio
electrónico de documentos, facturación electrónica y sincronización de datos. Sus soluciones llegan
actualmente a 52 países y su cartera de clientes incluye más de 10.000 empresas, entre las que se
encuentran algunas de las más grandes de telecomunicaciones, retail, transporte, logística, energía, banca,
servicios, salud y sector público. Para mayor información visite www.saphety.co y síganos en LinkedIn,
Instagram, Facebook y Twitter.
Acerca de Sovos
Sovos ofrece soluciones modernas y tecnológicas para el cumplimiento normativo, con más de 100,000
clientes en más de 70 países. Sus soluciones basadas en la nube son seguras, confiables y brindan una
excelente experiencia de usuario.
Para más información, visite sovos.com/co y síganos en LinkedIn, Instagram y Youtube.


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